Micelio
Auto25 de febrero de 2026

A-227/26 de 2026

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Tema · dato duro
Controversia Relacionada Con La Seguridad Social De Trabajador Oficial.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 021 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, ocasionado por una demanda ordinaria laboral, instaurada por una ciudadana, contra la Administradora Colombiana de Pensiones, con el fin de que se condene a la demandada a reconocer y pagar a su favor una pensión de vejez que, asegura, se le debió reconocer desde el 13 de noviembre de 2010 y, se pague lo debido por reajustes y otros conceptos.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el caso trata de una controversia relativa a un asunto de seguridad social.

Puede observarse que la demandante se desempeñó en un cargo del cual se concluye la calidad de trabajadora oficial.

De acuerdo con la resolución por la que Colpensiones reconoció y ordenó pagar a la demandante una indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, se advierte que el último vínculo laboral de la accionante fue el que sostuvo con el ISS.

También puede verificarse que el régimen de seguridad social de la demandante es administrado por Colpensiones, una entidad pública.

Ante estos elementos, la Sala Plena considera que este asunto no se encuadra dentro de las competencias fijadas en el artículo 104 del CPACA, sino en los asuntos descritos en la cláusula residual de competencia que consagran los numerales 4 y 5 del artículo 2 del CPTSS, por lo que la competencia para conocer del mismo corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.